Senadores aprueban que la mitad de los 14 procuradores adjuntos deban ser escogidos por el CNM
El Senado de la República aprobó este miércoles un proyecto de ley que busca modificar la forma a través de la cual son escogidos parte de los procuradores adjuntos del país.
La pieza, propuesta por el senador Rogelio Genao, persigue modificar el artículo 31 de la Ley 133-11, para eliminar una atribución que tenía, directamente, sin pasar por ningún filtro, el presidente de la República de turno.
Este es el poder que tiene actualmente el mandatario de seleccionar a siete procuradores adjuntos, según su consideración, únicamente debiendo cumplir con requisitos generales en los perfiles de esos procuradores.
Sin embargo, la iniciativa pretende que el gobernante deba someterse, además, al escrutinio de los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), quienes tendrían que aceptar sus propuestas de las siete personas preelectas para fungir como procuradores adjuntos.
El texto del artículo registrado actualmente en la ley no establecía un método de evaluación para aquellos procuradores adjuntos que eran elegidos por el presidente de la República.
La pieza pasará a la Cámara de Diputados para ser sometida al conocimiento de esos congresistas. También deberá ser promulgada por el mandatario Luis Abinader, antes de entrar en vigencia.
¿QUIÉN ESCOGE LOS SIETE RESTANTES?
El artículo antes mencionado mantiene la facultad que tiene la procuradora general de escoger a la otra mitad. Solo deberá presentar representantes legales provenientes de las cortes de apelación que cumplan también con los criterios generales.
Ambos tipos de procuradores adjuntos estarán en el cargo durante un periodo de dos años.
¿QUÉ SON LOS PROCURADORES ADJUNTOS?
De acuerdo con el artículo 32 de la Ley 133-11, esta figura es la encargada de sustituir al procurador general de la República en caso de ausencia. La responsabilidad recae en el primer y segundo sustituto.
Promover la acción penal pública en casos, propiciar la formulación e implementación de políticas estatales de prevención y control de la criminalidad, entre otras.
¿QUIÉNES CONFORMAN EL CNM?
La cuadragésima modificación constitucional promulgada en 2024 eliminó el asiento que tenía el procurador general de la República en el CNM, cediéndoselo al titular del TC.
Esa reforma constitucional también derogó la forma en que el presidente de la República seleccionaba a quien ocupaba la PGR, quien lo seleccionaba antes con total libertad.
Con la entrada en vigencia del nuevo texto de la Carta Magna, debe ser presentado y aprobado por el CNM.
Al presidente de la República y el TC le acompañan el presidente del Senado, de la Cámara de Diputados, y dos congresistas opositores, así como el presidente y un magistrado de la SCJ.
LD
