Avalancha de carros sin placas en las calles de la ciudad

EC. Como una avalancha de hormigas que salen de sus hoyos se puede comparar el aumento de vehículos sin placa que se observan a diario en las principales calles y avenidas de la ciudad.


Los conductores de estos automóviles circulan por importantes vías del polígono central y hasta cruzan por delante de agentes de tránsito sin ser fiscalizados y sacados de los carriles, como establece la ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

elCaribe comprobó que la gran mayoría de los carros desplacados tienen como elemento común el uso de laminado oscuro en los cristales o como popularmente se conocen “moca”, que de tener la placa a lo interno dificultaría la visibilidad de la misma para fines de seguridad.

La circulación de este tipo de vehículos se visualizó en la calle doctor Jacinto Mañón próximo a la avenida Abraham Lincoln y en la José López con John F. Kennedy.

También, a lo largo de la avenida Gregorio Luperón, 27 de Febrero y en la George Washington. Además, en la calle Pepillo Salcedo y en los parqueos de las diferentes plazas comerciales.

La legislación 63-17 en su artículo 189, establece los actos prohibidos relacionados a la placa del automóvil, donde en su apartado número uno indica que es ilegal conducir un vehículo de motor sin haber obtenido el certificado de propiedad de vehículo (matrícula) y la placa correspondientes expedidos por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

A diferencia de los autos nuevos a los que la DGII expide la placa provisional directamente a los vendedores por 90 días que suelen estar colocada en la parte trasera o delantera y rara vez en el interior del mismo, los autos de los que se habla en esta edición no portaban ninguna tablilla que exhibiera el número de registro asignado a un vehículo de motor o remolque.

Esta ley señala 20 actos prohibidos relacionados con la referida tablilla o placa, que van desde la alteración del número de la misma hasta su falsificación y falta de uso.

Sanciones de hasta tres salarios mínimos

De un ciudadano incurrir en una de las violaciones definidas en citada ley será sancionado con una multa de uno a tres salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado, y la reducción de los puntos de la licencia de conducir, conforme al reglamento correspondiente. La ley agrega que los Digesett podrán retener el auto.

Yipeta Changan sin ningún tipo de placa en la calle José López en el sector Los Prados.

Podría ser corregida la violación a la ley 63-17

La ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial , establece que una persona que circule en un vehículo de motor sin placa podría recibir una sanción, al tiempo que cuyo auto se remolque o retenga por un policía de tránsito. No obstante, la misma legislación añade que en el caso que la violación pueda ser corregida en el lugar donde se levante la infracción una vez enmendada la situación no dará lugar al remolque.

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