La Ley del Embudo en la Seguridad Social

 

 

Por Luis Holguin Veras.

 

El pasado día 5 de julio la Coalición por la Seguridad Social Digna presentó los resultados del Estudio AFP y ARS La Ley del Embudo: Análisis de Resultados para 2021 y primer trimestre de 2022.

Este interesante estudio, basado en informaciones oficiales ofrecidas por la Superintendencia de Pensiones y la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, presenta interesantes hallazgos, algunos de los cuales evidencian lo que algunos hemos llamado la perversidad del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), y que se expresa en la preferencia que presentan las normativas cuando se trata de garantizar las ganancias de las empresas insertadas (parasitariamente) en la seguridad social, mientras en las normativas y en las decisiones de las autoridades persiste un permanente desinterés por aquellas acciones que benefician a las personas afiliadas y el cumplimiento de sus derechos fundamentales.

Por ejemplo, el estudio señala que “Las AFP y ARS privadas en conjunto generaron ganancias extraordinarias durante la pandemia y aun después de esta, incluyendo 2021, lo que contrasta con la situación de los/as trabajadores/as y medianos y pequeños empresarios que cotizan en el SDSS, que vieron perder fuentes de empleos, reducir los ingresos, enfrentándose al desempleo y el cierre definitivo de sus negocios. En conjunto, las AFP y ARS privadas han absorbido RD$152,921 millones que deberían haber servido para la seguridad social de la ciudadanía dominicana.”

La perversidad del sistema quedó irritantemente al descubierto cuando en los primeros meses del presente año el balance de las Cuentas Personales de los Afiliados fue reducido, una acción ilegal que mostró a la sociedad dominicana hasta dónde existe una complicidad entre las autoridades y las AFP, toda vez que esta acción viola las disposiciones de la propia Ley 87-01 que protege la Cuenta Personal del Afiliado de todo tipo de reducción o descuento y que ordena que su balance crezca, incluyendo la previsión de que las autoridades establezcan una rentabilidad mínima que las AFP deben garantizar y que en las normativas que definen la forma en la que se calcularía, se llega hasta el extremo de que este límite con el que debería garantizarse el crecimiento sostenido del balance de la Cuenta Personal del Afiliado, permite resultados negativos, lo cual es una contradicción con las disposiciones que mandan al crecimiento de este fondo.

En nuestro artículo Incumplen Ley 87-01 al calcular Rentabilidad Mínima mensualmente comentamos que de acuerdo a los datos ofrecidos por la SIPEN, correspondientes al período comprendido entre el año 2004 hasta marzo del presente año, la Rentabilidad Mínima calculada históricamente por esa institución, refleja que en 22, de los 212 meses en que este límite ha sido calculado, el resultado ha sido un valor negativo.

Aún la sociedad no ha quedado satisfecha con las explicaciones presentadas por la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) y las propias AFP. Por eso diversos procesos judiciales se han instrumentado pidiendo que los altos tribunales ordenen la devolución de estos valores descontados injustamente y que las rentabilidades aplicadas en los meses subsiguientes se apliquen sobre el balance corregido con la devolución y no sobre los balances disminuidos.

La investigación realizada en junio pasado por la Coalición por la Seguridad Social Digna y realizada por Matías Bosch Carcuro y Francisco Alberto Tavárez Vásquez, muestra cómo mientras las personas afiliadas tenían esta ilegal reducción en los balances de sus Cuentas Personales, las AFP obtenían ganancias récord, superiores a todas las obtenidas desde el 2004 hasta ese momento.  Al parecer, las ganancias de las AFP y los beneficios de las personas afiliadas tienen una relación inversa, de ahí la pertinencia del título del informe presentado “AFP y ARS La Ley del Embudo.”

El informe señala que las ganancias de las AFP “siguieron siendo positivas y elevadas, en el mes de febrero de 2022 millones de dominicanos/as sufrieron en carne propia la tragedia del sistema con miles de millones de pesos en pérdidas, transfiriendo a los sujetos de derechos los efectos del riesgo financiero y eliminando de sus fondos US$72.3 millones cuyo paradero se desconoce.”

“Hasta el momento no se ha conocido una explicación satisfactoria del Consejo Nacional de la Seguridad Social ni de la Superintendencia de Pensiones, que se supone es el órgano regulador del sistema de pensiones en el país. En lugar de ello, esta entidad tomó parte del debate a favor de las AFP, alabando las bondades del sistema y afirmando que las inversiones financieras tienen que medirse en resultados a largo plazo, como si el futuro de la gente trabajadora y los actuales pensionados y pensionadas depende del azar y el riesgo que implica las inversiones financieras del mercado de valores, incluso con pérdidas definitivas.”

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