Sueldos mínimos y pensiones del sector público: injustas, insuficientes, indignas, desiguales y sin equidad (2 de 2)
Por Luis Holguín -Veras
En la entrega anterior, denunciamos cómo el Gobierno Dominicano ha marginado a los servidores públicos al no incluirlos en los aumentos significativos de sueldos mínimos promovidos para el sector privado. Hoy, profundizamos en otra cara de esta injusticia: los atropellos que sufren miles de servidores públicos al acercarse su jubilación.
¡Exigimos corrección inmediata de la forma de calcular el Límite Máximo de Pensión!
Uno de los abusos más flagrantes es la reducción arbitraria de pensiones que legítimamente superarían los RD$80,000. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP) viola la ley y arbitrariamente recorta los derechos de quienes han servido al país durante décadas.
Recordemos lo que mandan las leyes:
La Ley 379-81 en el Párrafo de su Art. 2, dice: «En ningún caso el monto de la pensión será menor al sueldo mínimo nacional vigente, ni mayor a la cantidad que resulte de la suma de ocho (8) de estos sueldos…».
La Ley 87-01, por su parte, en el Artículo 18 sobre el Salario Mínimo Nacional establece que: «El salario mínimo nacional será igual al promedio simple de los salarios mínimos legales del sector privado establecidos por el Comité Nacional de Salario de la Secretaría de Estado de Trabajo.»
A pesar de esta claridad, la DGJP aplica como base el sueldo mínimo del sector público y no en base al salario mínimo nacional como lo establecen las leyes 379-81 y 87-01, lo que constituye una violación de derechos fundamentales: seguridad social, igualdad, protección a los envejecientes y dignidad humana.
Desde el MOPESEP exigimos la inmediata corrección de la forma incorrecta en la que se calcula el Límite Máximo de Pensión, de forma que se realice tal y como ordenan las Leyes 379-81 y 87-01.
¡No más demoras en el traspaso al sistema de Reparto!
Desde julio de 2023, el CNSS mediante su Resolución 572-07 reconoció el derecho de los servidores públicos a permanecer en el sistema de Reparto. Sin embargo, el proceso de traspaso avanza a paso de tortuga, mientras las AFP siguen lucrándose.
¡Basta de vulnerar derechos mediante la lentitud! Cada mes de retraso es dinero que pierden los servidores públicos.
El MOPESEP exige la aceleración inmediatade los traspasos y la entrega sin dilacionesde las pensiones que por ley corresponden.
¡Reconozcan el tiempo laborado en empresas públicas!
Otra injusticia es que desconozcan el tiempo trabajado en empresas como EDENORTE, EDESUR y EDEESTE, solo porque estas instituciones públicas poseen RNC privado, a pesar de ser propiedad estatal en más de un 99.5%.
¿Acaso el trabajador controla la estructura jurídica de su empleador?
¿Dónde queda el principio de buena fe?
La Resolución CNSS 572-07 manda evaluar los aportes provenientes de RNC privados para reconocerlos en aquellos casos en los que con ellos, el titular del derecho califique para la pensión del sistema de Reparto. No hacerlo es un acto de mezquindad e ilegalidad.
El MOPESEP demanda el ¡Reconocimiento inmediato de todo tiempo trabajado al Estado y a Empresas Privadas desde donde cotizaron a la Seguridad Social, sin subterfugios administrativos, que no son responsabilidad del servidor público!
¡Devuelvan los fondos a los trabajadores privados traspasados al sistema de Reparto ilegalmente!
Es inaceptable que trabajadores del sector privado, sí, del sector privado, vieran que sus fondos fueron trasladados sin su consentimiento desde las AFP al sistema de Reparto Estatal.
Peor aún, es la incertidumbre con la que el CNSS les ha mantenido por más de una década en la que le han dicho que “el sistema de reparto no devuelve los fondos”, “que no tienen derecho a pensión por el sistema de Reparto”, y “que en caso de que Reparto les devuelva, serían sólo sus aportes y el de sus empleadores, pero no compensarían la rentabilidad que sus fondos hubiesen obtenido en la AFP”:
La Resolución CNSS 572-07 establece que deben devolverse los fondos, abriendo una Cuenta de Capitalización Individual.
¿Por qué no se ha hecho? ¿Quién responde por este daño?
El MOPESEP exige la devolución íntegra de los aportes, incluyendo la rentabilidad que hubiesen recibido su fondo en la AFP desde donde el CNSS los trasladó injusta e incorrectamente hacia el sistema de reparto.
¡No castiguen a quienes aceptaron prestaciones de AFP por desesperación causada por la negación de su derecho!
Después de casi 20 años de negarles su derecho, ¿pretenden ahora castigar a quienes por necesidad de subsistir aceptaron lo poco que las AFP les ofrecieron?
Es el Estado, es el CNSS, quienes obligaron a los servidores públicos a esa dolorosa decisión. Ahora, deben reconocer su pensión digna, sin más excusas.
Cada injusticia aquí expuesta tiene responsables. Cada día de indiferencia es una herida más a quienes dedicaron su vida a servir al país.
El Estado Dominicano es el garante de los derechos fundamentales, dentro de los cuales la Constitución consigna la Seguridad Social, la Salud Integral y la protección a las personas envejecientes.
¡Es hora de actuar! ¡Es hora de reparar!
El MOPESEP seguirá comprometido con la justicia social y la dignidad de los servidores públicos, los trabajadores, los que tienen derechos adquiridos y los pensionados.