Pimentel conocía alertas de monopolio en contratos por excepción del SNS

Carlos Pimentel, director de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), afirmó que el reportaje de Panorama “El otro Senasa”, distorsiona la naturaleza jurídica de los procedimientos y que podría generar una “percepción errónea” sobre su legalidad. Esa afirmación merece ser respondida en el mismo terreno donde se produjo el debate: el de los hechos, no el de las impresiones.

La Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas es clara y establece que las compras por excepción constituyen una modalidad extraordinaria utilizada por las instituciones públicas cuando no es posible aplicar los procesos ordinarios de contratación, debido a condiciones especiales justificadas en la normativa, una de estas es la exclusividad, que puede realizarse mediante selección competitiva o directa según la naturaleza del caso.

El Manual General de Procedimientos de Contratación por Excepción, explica que la exclusividad se aplica cuando la oferta del bien o servicio está limitada a un grupo reducido de proveedores que cuentan con acreditaciones o certificaciones especiales, lo que restringe la competencia en el mercado. Por ello, las instituciones deben realizar estudios previos que demuestren que existe una oferta restringida e invitar a todos los proveedores que posean dicha exclusividad, con el objetivo de mantener la competencia y obtener mejores condiciones para el Estado. ¿Hizo el Servicio Nacional de Salud este estudio?, de ser así, ¿dónde está?

Asimismo, el manual exige que cada proceso esté debidamente fundamentado mediante informes técnicos y documentación que justifique la selección del procedimiento a fin de garantizar la transparencia. ¿Dónde se encuentran estos informes?

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