Estado y Derecho (3/5)

José Manuel Jerez

El Derecho no puede estar basado en valores universales, ya que cada Estado tiene su propio contexto histórico, político y social, pudiendo implicar el uso de la fuerza, amparado en su marco legal.

La separación entre la moral y el Derecho, planteada como asunto medular en el iuspositivismo, tiene que ver con la concepción de que la moral es unilateral y subjetiva, depende de cada individuo, de sus creencias e interpretaciones del “decidir” lo que es correcto o no, que solo sirve para resolver su propia conducta. Mientras el Derecho es bilateral, pues interpela al individuo en relación con otro (otro individuo, las instituciones, la sociedad, etcétera). La moral es autónoma en tanto tiene que ver con una concepción personal que, a su vez, depende del raciocinio. El Derecho, implica una serie de normas que deben ser cumplidas más allá de las creencias propias y que son establecidas por el legislador, quien es un tercero con una valoración objetiva de las leyes.

 

Aun cuando las primeras tesis iusnaturalistas modernas comenzaron a plantearse entre los siglos XV y XVI, la realidad es que los griegos y los romanos se habían hecho cuestionamientos similares sobre la existencia de leyes con alcance universal. En ese sentido, Platón había propuesto en sus obras “La República”y“Las Leyes” (siglo IV a.c.), la existencia de una ley natural basada en el raciocinio humano. Por otra parte, el jurista romano, Marco Tulio (30 a.c.), sostenía la idea de un derecho común a todos los seres humanos y, por tanto, con carácter universal.

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