Estado y Derecho (5/5)

José Manuel Jerez

El denominado postpositivismo jurídico, o “neoconstitucionalismo», tiene como verdaderos actores o representantes de este nuevo paradigma de Estado constitucional a cinco juristas o filósofos del Derecho.

Si bien la corriente postpositivista del Derecho inició su auge después de la Segunda Guerra Mundial, específicamente después de la creación de la Corte Constitucional italiana (1947), y el establecimiento del Tribunal Constitucional Federal alemán (1949), podríamos decir que su primer gran predecesor lo fue el jurista alemán, Rudolf Von Ihering (1818-1892). Para este jurista, el Estado se encarga de dictar normas que regulan las relaciones dentro de una sociedad y, a la vez, se encarga de luchar contra el injustojurídico.Este concepto de Ihering se contrapone a la tesis defendida por Savigny, quien concebía el Derecho como “la manifestación de la historia de un pueblo”, completamente ajena a la intervención activa del hombre, o a la actividad combativa del individuo.

Siguiendo su concepción del Derecho como constante lucha del individuo, Ihering llega a hablar de la lucha como un deber ético del propio individuo, de manera que consigue enlazar el campo normativo jurídico con el campo normativo moral. Así, el origen último del Derecho tendría una motivación ética, es decir, partiendo de una norma moral por la que luchan los individuos, terminaría asentándose una norma jurídica. Además, Ihering planteará una serie de rasgos de esa lucha por imponer el principio moral del individuo, según los cuales, la persona tiene un deber ético de atacar la injusticia, entendiendo el concepto como una culpa originaria por la que el individuo tiene que responder ante la sociedad y ante sí mismo. Así pues, la injusticia ha de ser repudiada y atacada por la persona, bien sea una injusticia cometida contra él, bien sea una injusticia cometida contra otras personas. De esta manera, el concepto de lucha moral por el Derecho y contra el injusto de facto o de iure, será a la vez el nexo de unión entre Derecho y moral, asicomo el motor del cambio y evolución del Derecho.

 

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