Gobierno de Panamá decreta estado de urgencia y suspende garantías constitucionales por cinco días en Bocas del Toro
El Consejo de Gabinete Extraordinario aprobó este viernes 20 de junio de 2025 la suspensión temporal de garantías constitucionales y la declaración de estado de urgencia en toda la provincia de Bocas del Toro, tras los violentos disturbios registrados en las últimas horas.
La medida tendrá una vigencia de cinco días a partir de su publicación oficial.
Durante el anuncio, las autoridades detallaron que se suspenden los efectos de los artículos 21, 22, 23, 26, 27, 29, 37 y 38 de la Constitución Política de la República de Panamá, reformados entre 1978 y 2004.
Esta decisión se justifica, según el gobierno, por actos que calificaron como “criminales y de terrorismo urbano” cometidos por grupos violentos que protagonizaron saqueos, incendios y ataques a infraestructuras públicas y privadas en la provincia.
Entre los hechos más graves, se registró un incendio parcial en el estadio de béisbol, el saqueo de oficinas de la empresa Chiquita Panamá, la toma del aeropuerto Capitán Manuel Niño y la sustracción de al menos 22 vehículos de una arrendadora, de los cuales 16 ya han sido recuperados.
También se reportaron daños en instalaciones migratorias, médicas y comercios, así como 12 agentes heridos pertenecientes a la Policía Nacional, Senafront y el Servicio Aeronaval.
El ministro de la Presidencia xplicó que el gobierno actuó con paciencia y diálogo durante más de tres semanas con los sindicatos del sector bananero, logrando la aprobación de la Ley 471 de 2025, que garantiza los derechos pensionales de los trabajadores.
Sin embargo, denunció que los manifestantes no cumplieron con la reapertura de las vías, lo que obligó al despliegue de más de 1,500 unidades policiales sin uso de armas letales.
La suspensión de garantías implica restricciones a reuniones y movilizaciones que alteren el orden público, aunque las personas podrán transitar a sus trabajos o residencias.
Las autoridades aclararon que los detenidos seguirán siendo conducidos ante las autoridades competentes conforme al debido proceso legal.
El gobierno también confirmó que continuará el puente humanitario en Isla Colón y que, tan pronto se recupere la seguridad en otras zonas, se extenderán estas ayudas.
La situación será evaluada constantemente para determinar si es necesario aumentar el pie de fuerza en la provincia y garantizar el restablecimiento del orden y la paz ciudadana.
Los artículos constitucionales suspendidos son los siguientes
Artículo 21 – Garantía contra detenciones arbitrarias
Nadie puede ser detenido sin orden escrita de autoridad competente, salvo en caso de delito flagrante. La persona detenida debe ser llevada ante un juez en un máximo de 24 horas.
Artículo 22 – Prohibición de la pena de muerte
Se prohíbe la pena de muerte en Panamá.
Artículo 23 – Protección contra apremio corporal
Nadie puede ser obligado al pago de deudas mediante apremio corporal (prisión por deudas), salvo en casos de pensiones alimenticias.
Artículo 26 – Inviolabilidad del domicilio
El domicilio es inviolable. Solo puede ser allanado por orden escrita de autoridad competente y con fines específicos, salvo en caso de delito flagrante.
Artículo 27 – Inviolabilidad de la correspondencia
Se garantiza el secreto y la inviolabilidad de la correspondencia y demás comunicaciones privadas, salvo por orden judicial.
Artículo 29 – Derecho a la defensa
Toda persona tiene derecho a defensa, desde el momento en que es detenida o señalada como sospechosa. También tiene derecho a ser juzgada sin dilaciones indebidas.
Artículo 37 – Libertad de pensamiento y expresión
Se garantiza la libertad de pensamiento, expresión y difusión de ideas sin censura previa, con responsabilidad ulterior por los abusos que se cometan en su ejercicio.
Artículo 38 – Derecho de reunión pacífica
Se reconoce el derecho a reunirse pacíficamente sin armas, sin necesidad de permiso previo. Las reuniones en lugares públicos deben ser notificadas previamente a la autoridad.
LA VERDAD PANAMA