Reforma constitucional, ego e intrascendencia
Manolo Pichardo
Atrapado en temas como el Segundo Congreso Franklin Almeyda de la Fuerza del Pueblo, el sofocante debate sobre la reforma tributaria, las propuestas laboral y de fusión de entidades públicas; además de la agitada agenda internacional, como la próxima reunión de los Brics este mes de octubre, la desdolarización propuesta como punto a tratar en el encuentro; la limpieza étnica en Gaza, el conflicto ruso-OTAN, la complicada campaña electoral en los Estados Unidos, la desindustrialización de Europa y las tensiones militares alrededor de la provincia china de Taiwán, salí de ellos por casualidad, al mover el cursor de mi celular para navegar en noticias de actualidad y encontrarme con la información de que el Congreso había aprobado una “reforma a la Constitución” en segunda lectura. Hubo un ¿debate? del que no se enteró el país, indiferente a lo que resultó ser una mofa que proponía prohibir la reelección presidencial prohibida ya en el artículo 124 de la constitución aún vigente que, sin dejar espacio a interpretaciones, establece que “el Poder Ejecutivo lo ejerce el presidente o la presidenta de la República, quien será elegido o elegida cada cuatro años por voto directo” y que “el presidente o la presidenta de la República podrá optar por un segundo período constitucional consecutivo y no podrá postularse jamás ni al mismo cargo ni a la Vicepresidencia de la República”. Otorgar independencia al Ministerio Público, registrada ya en el artículo 170 de la Constitución que establece “la autonomía funcional, administrativa y presupuestaria” fue otro timo. Pero, además, procurar que el procurador no lo designara el presidente de la República fue uno más de sus engaños, ya que, al final, lo seguirá designado el mandatario por vía indirecta, a través del Consejo Nacional (CNM) de la Magistratura, de acuerdo con lo que dispone el artículo 171 de la “nueva” ley de leyes.
Y como para generar alguna ¿novedad? dieron un paso al retroceso con la unificación de las elecciones municipales, congresuales y presidenciales, ignorando la opinión que sobre este asunto emitió la JCE, al afirmar, en un documento que conoció el país, que esta disposición constitucional desatará conflictos contenciosos, retrasos en los resultados, incertidumbre, extensión del horario de votación, agotamiento del personal; además, de acuerdo a estas y otras opiniones, situaciones impredecibles que podrían alterar en ánimo público. Otra novedad, con la que intentaron generar simpatías en la opinión pública, dada la conocida impopularidad de los congresos a nivel mundial, fue la reducción de 20 diputados, con lo que se debilita la representación popular y democrática; una embestida populista anclada en la pobreza de visión de un empresario enrolado en la política, que percibe el Estado como una empresa privada enfocada en la renta personal y no en el interés colectivo, ignorando así que empresas y Estado tienen roles diferentes en la sociedad y que sus dinámicas, fines e intereses son distintos.
El “primero” entre todos, cree, por ignorancia, que estampar su firma en el nuevo documento le garantiza un legado histórico. Es que no se da cuenta de que los cambios políticos y estructurales que se promueven deben ser el producto de la necesidad social e histórica; lo contrario es hacer un papelón de presente que aumentará en el futuro. Con inventos absurdos -y que pueden ocultar intereses mezquinos o egos- no se supera la intrascendencia que clava sus raíces en la falta de visión estratégica para el Estado y la sociedad. Y es que la visión estratégica debe estar influida por los acontecimientos que mueven al mundo y los eslabonan con las necesidades nacionales. Pero para entender esto hay que tener condiciones, si no excepcionales, por encima de la media.