Reforma constitucional, sistema electoral y rol de la Junta Central Electoral

Adelaida Martínez

En el contexto de la propuesta de reforma constitucional que podría conducir a una reforma electoral, es relevante recordar que el sistema electoral de la República Dominicana ha experimentado cambios desde 2018, con la promulgación de las leyes 33-18 y 15-19, que establecieron un marco legal para regular a las organizaciones políticos y el proceso electoral. Sin embargo, su implementación mostró debilidades, lo que llevó a la Junta Central Electoral (JCE), bajo la presidencia de Román Jáquez Liranzo, a identificar la necesidad de fortalecer este marco normativo y proponer reformas para abordar la falta de claridad y coherencia en disposiciones legales, contradicciones y lagunas, así como para forjar un esquema regulatorio que garantice equidad, transparencia e integridad.

Las debilidades normativas se hicieron evidentes durante las elecciones generales de 2020, donde surgieron desafíos logísticos y legales que evidenciaron la urgencia de una reforma. En respuesta, el nuevo pleno de la JCE presentó una propuesta de reforma orientada a mejorar la transparencia y equidad del sistema electoral, abarcando espectros como la distribución del financiamiento político, la vacancia en el parlamento, la participación política de la mujer, la regulación de las campañas y los mecanismos de comunicación entre la JCE y los actores políticos.

Se destacan tres aspectos clave del proceso de reforma: I) por vez primera la Junta Central Electoral, haciendo uso de su facultad de iniciativa legislativa, presentó un documento que contenía las motivaciones que fundamentaban cada propuesta; II) se creó una “Mesa Técnica Electoral” coordinada por el Consejo Económico y Social (CES), cuyas reuniones, más de doce (12), se realizaron en la sede de la Junta Central Electoral, dirigidas por el Presidente del órgano, con el apoyo del miembro titular Rafael Samir Chami Isa, y con la participación de representantes de todas las organizaciones políticas, lo que permitió una amplia discusión de cada propuesta. Como resultado de ese esfuerzo, en la Mesa Técnica se lograron III) 43 consensos; 46 disensos; 1 nueva propuesta y 3 propuestas retiradas respecto de la modificación de la Ley 15-19. En relación con la Ley 33-18, se alcanzaron 17 consensos totales; cuatro consensos parciales; cuatro disensos parciales y 19 disensos totales.

Como resultado del Proyecto de Reforma, se promulgó la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, que deroga y sustituye a la Ley 15-19. Esta nueva Ley incorpora parte de las propuestas de reforma, marcando un avance significativo en la consolidación del sistema electoral. A modo enunciativo, incorpora aspectos como las competencias del Tribunal Superior Electoral para controlar los actos administrativos electorales de la JCE; la división de los niveles de elección; las reglas de asignación de escaños al Parlacen; la pormenorización de aspectos sobre la distribución de escaños en diputaciones nacionales; la creación de plazos para la campaña; la obligación de actualizar el padrón del exterior. Además, deslinda y diferencia las conductas antijurídicas de carácter administrativo y penal electoral, especificando la competencia de la jurisdicción penal ordinaria sobre estas últimas. Fortalece la fiscalía especializada en la materia, conceptualizándola y enlistando sus atribuciones.

Lo anterior evidencia que el Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) desempeñó un papel fundamental en el proceso de reforma electoral, reafirmando su compromiso con la transparencia y la equidad en los procesos democráticos del país. Este avance legislativo, marcado por la promulgación de la Ley 20-23, sienta las bases para un sistema electoral más robusto y confiable en la República Dominicana, reflejando la diligencia y el liderazgo del Pleno de la JCE, bajo la presidencia de Román Jáquez Liranzo. A medida que nos enfrentamos a una nueva reforma constitucional que podría introducir modificaciones sustanciales al sistema electoral, particularmente en lo que respecta a la conformación de la Cámara de Diputados y la fecha para la celebración de elecciones, se hace evidente la necesidad de contar con personas con visión que puedan continuar y fortalecer los desarrollos normativos ya conquistados. Particularmente cuando la posible reforma hace inminente un estudio y abordaje legal posterior, en el que se evaluarán los plazos, el tamaño de las demarcaciones y las fórmulas para la distribución de escaños, así como la reconfiguración de las etapas del proceso electoral.

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