Las desacertadas Precisiones de la SIPEN sobre la disminución del balance de las Cuentas Personales del Afiliado

Por Luis Holguin Veras. La SIPEN ha publicado este lunes en su página Web el documento “Precisiones sobre cambios presentados en el balance de los estados de las Cuentas de Capitalización Individual”.

Esta publicación se hace luego de que en las redes sociales se hicieran innúmeras denuncias de personas afiliadas quienes protestaban por que las AFP habían disminuido los balances de sus Cuentas Personales del Afiliado.

La verdad es que considero que el documento de la SIPEN no da respuesta a la indignación de muchas personas afiliadas, que están molestas por la disminución del balance de sus fondos.

Nos llama la atención que en todo el documento la SIPEN no hace en ningún momento ninguna cita de la Ley 87-01. Para colmos, explica una metodología que parece traída de otra realidad y no refleja en ningún momento el marco de la Ley 87-01 que creó el Sistema Dominicano de la Seguridad Social.

Más que encontrar respuestas que expliquen las desagradables reducciones del Balance de las Cuentas Personales de los Afiliados, este documento lo que nos dejado son muchas preguntas, algunas de las cuales son:

● ¿Dónde dice la Ley que el dinero aportado a la Cuenta Personal del Afiliado se convierte en cuotas en la AFP?

● ¿Por qué la SIPEN no se refiere a la garantía de rentabilidad mínima real de su cuenta individual que estableció a Ley 87-01?

● ¿Por qué la SIPEN obvió referirse a que todas las AFP tienen la obligación de mantener, una cuenta de Garantía de Rentabilidad destinada exclusivamente a completar la rentabilidad mínima exigida por la ley, cuando la rentabilidad real resulte insuficiente?

● Si existe una Rentabilidad Mínima Garantizada y cada AFP tiene la obligación de mantener una cuenta para pagar el complemento que garantice a cada persona la rentabilidad mínima garantizada ¿Por qué las AFP redujeron los balances de las Cuentas Personales de los Afiliados?

● ¿Será que las AFP no cumplieron con esta disposición y no tienen la cuenta de Garantía de Rentabilidad y por eso redujeron el balance de las Cuentas Personales de los Afiliados?

● ¿En el documento de la SIPEN, no se hace referencia a la responsabilidad de la SIPEN en el control del cumplimiento de la Garantía de Rentabilidad, ni de su capacidad y responsabilidad de sancionar a las AFP que incumplan la Garantía de Rentabilidad?

● ¿Tampoco entendemos por qué no se hace referencias a las sanciones que pueden aplicarse a las AFP que incumplan la Garantía de Rentabilidad?

Extrañamos que en ningún momento la SIPEN se refiera a los derechos de las personas afiliadas, solo se concentra en explicar y tratar de justificar lo que hacen las AFP, sin lograr enmarcarlo en las disposiciones de la Ley 87-01.

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