CNSS incumple la Constitución y distintas Leyes

Luis Holguín Veras

El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS)continúa conculcando los derechos adquiridos y fundamentales de los servidores públicos amparados por las Leyes 379-81 y la 87-01, aun sabiendo que incumple la Constitución dominicana y varias legislaciones vigentes, a pesar de las recomendaciones presentadas por las instituciones especializadas y técnicas del Sistema Dominicano de Seguridad Social, quienes han manifestado en múltiples ocasiones que se debe reconocer el derecho a permanecer en el sistema de reparto a los servidores públicos amparados por la Ley 379-81, sin importar la edad que tengan.

Ante el silencio de las autoridades del CNSS, frente a las demandas de los servidores públicos de que les reconozcan su derecho adquirido de permanecer en el sistema de reparto, de acuerdo al amparo que les da la Ley 379-81 por haber trabajado en instituciones públicas desde antes de aprobarse la Ley 87-01, el Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP) continúa impulsando el reclamo, sin lograr ninguna respuesta del CNSS, incurriendo en la falta de silencio administrativo.

De acuerdo con lo que establece la Constitución dominicana, el CNSS no está cumpliendo con el principio de Irretroactividad de la ley, el cual es tratado en el Artículo 110 de la Carta Magna, estableciendo que una nueva ley no puede afectar derechos adquiridos al amparo de leyes vigentes desde antes de promulgar la nueva ley.  El referido artículo dice: La ley sólo dispone y se aplica para lo porvenir. No tiene efecto retroactivo sino cuando sea favorable al que esté subjúdice o cumpliendo condena. En ningún caso los poderes públicos o la ley podrán afectar o alterar la seguridad jurídica derivada de situaciones establecidas conforme a una legislación anterior.”  Pese a ello, el CNSS continúa conculcando a los servidores públicos su derecho a permanecer en el sistema de reparto al amparo de la Ley 379-81.

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