El Estado impone a sus jubilados un tope de pensión injusto

Por Luis Ortega Rincón

Un tope de pensión erróneamente calculado condena a miles de jubilados a la pobreza. Corregirlo costaría menos que los privilegios políticos que hoy absorben fondos públicos.

Mientras en el discurso político se habla de avances en derechos sociales y mejoras laborales, miles de jubilados dominicanos siguen siendo víctimas de un agravio institucional: un tope de pensión mal calculado, injusto, ilegal y profundamente regresivo; entendiéndose por tope al límite máximo establecido por la ley para la cantidad monetaria de la pensión que puede recibir un jubilado.

Un reciente estudio del Movimiento por las Pensiones de los Servidores Públicos (MOPESEP), elaborado por el economista Luis Eduardo Holguín-Veras Martínez, evidencia una distorsión que afecta directamente a quienes dedicaron décadas de su vida al servicio del Estado.

El referido estudio —basado en datos oficiales y un análisis legal riguroso— revela que el tope de pensión actualmente aplicado por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP), fijado en RD$80,000, se sustenta en una interpretación errónea de la Ley 379-81.

En lugar de tomar como referencia el salario mínimo nacional (RD$19,352.50), se utiliza el salario mínimo del sector público, considerablemente más bajo. Este error afecta directamente la base del cálculo, deformando el monto legal del tope.

¿Qué resulta del “error de cálculo”? Un tope injusto que viola el artículo 26 de la Ley 379-81 y el artículo 60 de la Constitución dominicana, pues de aplicarse correctamente, el tope legal, en vez de RD$80,000, debería ser de RD$154,820. Esto equivale a ocho veces el salario mínimo nacional vigente para el último año del período de referencia que explica el estudio del MOPESEP.

«Pero las implicaciones del ‘error de cálculo’ no son solo jurídicas; el estudio también revela que el 77.3 % de los jubilados del sistema de reparto estatal—modelo en el que las contribuciones de los trabajadores activos financian las pensiones vigentes— sobreviven con ingresos por debajo del umbral de pobreza extrema.»

Además, al calcular un tope de pensión inferior al que expresamente contiene la ley vigente, las mujeres, como suele ocurrir en los sistemas de seguridad social que arrastran desigualdades estructurales, son las más afectadas, recibiendo pensiones aún menores que sus pares masculinos.

A pesar de la magnitud del problema, el impacto fiscal que se presentaría al corregir este “error” es bastante moderado; en efecto, de acuerdo con los datos presentados por MOPESEP, costaría apenas RD$105 millones al año —menos del 0.5 % del total presupuestado para el sistema de reparto, es decir el modelo de pensiones donde las personas que trabajan aportan el dinero para pagar las jubilaciones actuales.

Para dimensionar esta cifra en relación a alguna de las partidas vigentes el presupuesto público de los últimos dos años concluido, basta con decir que equivale, aproximadamente, al 52 % de lo que absorbe anualmente la partida conocida popularmente como El Barrilito, fondo especial privilegiado destinado a beneficiar a legisladores con valores monetarios fuera de nómina por sus trabajos.

Corregir esta injusticia tendría, en cambio, un impacto social significativo: dignificaría a miles de jubilados, permitiría abrir plazas a nuevas generaciones en el aparato estatal y dinamizaría el consumo en sectores hoy sumidos en la precariedad.

Y lo más importante, calcular y aplicar el tope correcto no se trata de una dádiva ni de un gesto de buena voluntad del Estado. Se trata de cumplir la ley. De honrar a quienes trabajaron honestamente durante años al servicio público. De hacer coherente el discurso de derechos humanos y justicia social con la práctica institucional.

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