¿Es justo que la autoridad no te deje respirar?
Luis Holguín-Veras
Amigo lector, imagínese que la autoridad, sin ninguna razón, sólo «por error», le cierran la nariz, impidiéndole así aspirar el aire que necesita para su oxigenación. Usted sabe que no es lo mejor aspirar por la boca, pero le siguen manteniendo la nariz cerrada totalmente. Si usted estuviera en esa situación, ¿respiraría por la boca? Obviamente que sí, pues por regla natural Usted debe buscar subsistir por todos los medios.
¿Sería justo que la autoridad, luego de corregir su error reconociendo su derecho, pretenda sancionarle a usted, argumentando que aunque reconocieron el derecho a aspirar por la nariz, no tiene este derecho, porque mientras se le negaba que lo hiciera, Usted lo hizo por otra vía, aunque sabía que no era lo mejor?
Espero que este breve relato nos sirva para ilustrar el abuso cometido por las autoridades del Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNS) contra los servidores públicos.
El derecho a permanecer en el sistema de Reparto.
El CNSS conculcó por casi 20 años a los servidores públicos su derecho a permanecer en el sistema de reparto estatal, derecho que le amparaba la Constitución y las Leyes 379-81, 87-01 y la 41-08.
Por fin, en un acto de justicia y responsabilidad, el actual CNSS emitió la Resolución No.572-07, en el cual autorizó su traspaso desde la AFP al sistema de Reparto Estatal, reconociendo el derecho reclamado por los servidores públicos.
El caso del derecho al traspaso de la AFP al Sistema de Reparto Estatal.
A pesar de que el CNSS reconoció el derecho negado a los servidores públicos y ordenó su ejecución inmediata, La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) y la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), que conforman la Comisión Evaluadora de Traspasos, teniendo como observadores a la DGJP y la ADAFP, no pudieron ponerse de acuerdo para elaborar el Manual de Procedimientos para el Traspaso desde las AFP al Sistema de Reparto Estatal, teniendo el CNSS que asumir la responsabilidad de elaborar y aprobar dicho Manual.
Sin embargo, en este Manual se introdujeron disposiciones distintas a las aprobadas en la Resolución 572-07 que reconoce el derecho a permanecer en el sistema de reparto.
La recurrente negación de derechos por el CNSS.
El CNSS vuelve a conculcar derechos a los servidores públicos, quienes ven obstaculizado el derecho que este Consejo les reconoció, sufriendo la ralentización con la que la DIDA, la SIPEN, la TSS y las AFP realizan los pasos necesarios para el traspaso a Hacienda de los Fondos Personales que los Servidores Públicos tienen acumulados en las AFP.
El MOPESEP ha denunciado que esta lentitud no tiene otra razón que el favorecer que las AFP extiendan por más tiempo la administración de estos fondos, sobre los cuales las AFP obtienen una ganancia anual de un 1.05%.
La lentitud excesiva, la falta de información y transparencia en el proceso de traspaso de los servidores públicos desde las AFP a Reparto, obligarán a los servidores públicos a tener que realizar protestas y reclamos públicos para que las autoridades del CNSS cumplan con los derechos que ellos mismos reconocieron.
El caso de la negación del derecho a quienes, por negarles su derecho a pensión del Estado, aceptaron alguna de las prestaciones ofrecidas insistentemente por las AFP.
Una situación peor es la que tienen aquellos servidores públicos a quienes las autoridades del CNSS, como en el relato con el que iniciamos este artículo, les negó por casi 20 años el acceso a la pensión que les correspondía, llevándolos a una situación de asfixia, a través de llevarlos a la indigencia.
Estas personas para sobrevivir, aunque fuese precariamente y de forma indigna, «respiraron por la boca», aceptaron lo que las AFP les ofrecían insistentemente, prestaciones migajas que ahora son sustentadas como impedimentos para que disfruten la pensión del Estado que les correspondía.
El CNSS comete un doble abuso, primero por casi 20 años les negó el derecho a pensión a los servidores públicos, condenándoles a la indigencia y forzándoles a que por necesidad de subsistir, tuvieran que aceptar las prestaciones de migajas que les ofrecían las AFP ante la asfixiante situación a la que el CNSS los tenía sometido.
Ahora las autoridades del CNSS, con la complicidad de la DIDA y la SIPEN, vuelven a abusar de los servidores públicos, negándoles su derecho porque «respiraron por la boca», aceptaron alguna de las migajas que les ofrecían mientras las autoridades los «asfixiaban», negándoles la pensión a la que tenían derecho.
¿Quién dirige el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en República Dominicana?
Los servidores públicos nos preguntamos quién dirige en realidad el SDSS, pues parece que garantizar los intereses económicos de las AFP continúa siendo más importante que garantizar los derechos fundamentales, los adquiridos y los laborales de las personas afiliadas.
¿Reconoció verdaderamente el CNSS el derecho de los servidores públicos a permanecer en el sistema de reparto o simplemente fue una jugada para volver a negar sus derechos y beneficiar a las AFP?