Indexar: la historia junta a Hipólito Mejía y a Leonel Fernández
Por Daniel Toribio
Desde 1998 se inició la indexación del tramo exento del ISR y se aplicó sin interrupciones hasta 2013, para congelarse hasta el 2016. Desde 2017, el monto exento se volvió a congelar hasta la fecha.
En 2003 estalló la crisis bancaria. El PIB real cayó -1.9 %. La inflación fue 42.66 % y alcanzó un pico cercano a 52 % en agosto de 2004, para cerrar ese año en 28.74 %. El rescate bancario costó cerca del 20 % del PIB. La pobreza llegó a 42.8 % en septiembre de 2004. Fue un golpe enorme.
Aun en ese contexto, la ley se respetó. La exención del ISR pasó de RD$ 11,535 en 2003 a RD$ 16,456 en 2004 (+42.6 %), en línea con la inflación pasada. Y desde el 28 de septiembre de 2004, la Ley 288-04 fijó una nueva escala con exento hasta RD$ 20,000 y ordenó el ajuste anual por inflación. Hubo, de hecho, dos valores en 2004: enero-septiembre y octubre-diciembre, con la nueva escala que consagra RD$20,000 como tramo exento. Punto crucial: fueron dos gobiernos y dos partidos los que lo aplicaron (Hipólito Mejía hasta el 16 de agosto de 2004 y Leonel Fernández desde esa fecha) que en medio de la crisis cumplieron la norma para proteger el ingreso laboral.
Saltemos a 2017-2025: crecimiento estable, inflación moderada, sin crisis bancaria. La exención queda congelada en RD$ 34,685 por decisiones presupuestarias y resoluciones administrativas que dejan sin efecto el ajuste automático del Código Tributario. El resultado es claro: más asalariados entran a pagar ISR sin haber ganado poder de compra. Es un aumento de carga de hecho sin debate ni ley específica y sin transparencia. Llamemos las cosas por su nombre: desindexar es recaudar por inflación.
El argumento fiscal de «no hay espacio» se cae frente a la historia. En 2004, con un sistema financiero devastado y un ajuste macro doloroso, ambas administraciones respetaron la regla de indexar y elevaron la exención. Hoy, con estabilidad, se la congela. No es un dilema técnico. Es una decisión política con efectos regresivos que castiga la formalidad y erosiona la progresividad.
Se debe restituir la indexación anual del artículo 296 desde el próximo ejercicio, proteger el mínimo vital y rendir cuentas, estimando y publicando cuánto se recaudó por la no indexación 2017-2025.
Las leyes se cumplen o se eliminan. Si en los peores años se indexó para cuidar el salario (con dos gobiernos y dos partidos), en años de calma no hay excusa.

