Las reformas fiscales, inflación y resultados electorales
Haivanjoe Ng Cortiñas
Se desconocen las razones que tiene el gobierno para emprender con prisa una reforma fiscal en la República Dominicana, porque hasta el momento el país no está enterado del estado situacional de las finanzas públicas para comprender la premura de la reforma, como tampoco se conoce un diagnóstico de las necesidades de los mayores montos de ingresos tributarios que requiere el fisco y mucho menos los detalles de hacia dónde se dirigiría el gasto público adicional y, más aún, tampoco se sabe el techo de la deuda al que aspiran; sin embargo, el gobierno solicita apoyo a las distintas fuerzas que inciden en la vida nacional.
Mientras tanto en el país, profesionales de la economía, sectores empresariales y opinadores, se han pronunciado acerca de la conveniencia o no de una reforma fiscal, incluso, hasta propuestas independientes se han publicado; en mi caso, ofrecí una opinión -sustentada en indicadores económicos y financieros- relativa a que no es necesario hacer una reforma. Independientemente de las distintas posturas, lo cierto es que basado en las reformas precedentes que se han realizado en el país, pueden ser resaltadas algunos detalles que, en ocasión de la anunciada intención de reforma fiscal, existe la posibilidad que se repitan.
Desde el año 1983 hasta el 2012, en la economía dominicana se han realizado 6 reformas fiscales o tributarias, la primera se hizo con la ley 74-83 que creo el Impuesto a la Transferencia de Bienes (ITBI), que no incluía los servicios, con una tasa de un 6.0 % y se implementó en el marco de los acuerdos con el Fondo Monetario Internacional (FMI), durante el gobierno de Salvador Jorge Blanco; la segunda, fue con la ley 11-92, que crea el Código Tributario, en la que se elevó la tasa del ITBIS a un 8.0 % y se incluyeron los servicios, para la ocasión gobernaba Joaquín Balaguer; la tercera, se realizó mediante la ley 147-00, durante la gestión presidencial de Hipólito Mejía, estableciéndose los impuestos selectivos a los hidrocarburos, el ITBIS se incrementó a un 12.0 % y se aprobó el impuesto anticipado de un 1.5 % a la renta bruta; la cuarta, se produjo con la ley 288-04, mientras era presidente Leonel Fernández, donde se elevó el ITBIS a un 16.0 % -como respuesta al rescate bancario y su crisis 2003-; la quinta, se implementó con la ley 557-05, en la que se elevaron los impuestos selectivos como compensación a las perdidas por el DR-CAFTA y; la sexta, en el gobierno de Danilo Medina, con la ley 258-12, en la que se aumentó el ITBIS a un 18.0 %.
Cinco de las referidas reformas fueron realizadas en los primeros meses o en el primer año de gobierno de Jorge Blanco, Mejía Domínguez, Fernández Reyna y Medina Sánchez, solo una se aprobó en el segundo año de uno de los periodos de gobierno de Balaguer (1992). Las reformas no siempre contaron con una correlación de fuerzas políticas en el Congreso a favor del partido de gobierno, como fueron los casos de Balaguer (1992) y Fernández (2004-05), pero ambos hicieron la debida diligencia para ganarse el concurso de los demás, logrando su aprobación; las que correspondieron a los años 1983-2000 y 2012 los presidentes Jorge, Mejía y Medina gozaron de una mayoría en el senado y la cámara de diputados.
En términos de los resultados electorales, luego de realizarse las indicadas reformas, los partidos de gobierno no gozaron de la misma suerte, en el caso de la reforma del 1983, además del gran descontento social que provocó la poblada de abril del 1984, el PRD perdió las elecciones en el 1986; posteriormente, la reforma de 1992, luego de producirse determinadas situaciones económicas que perjudicaron a la población, el candidato del PRSC fue “declarado” ganador, pero con poca legitimización por denuncias de fraude, lo que trajo como resultado que se celebraran elecciones sin precedentes dos años después (1996), en la que perdió el candidato del partido de gobierno; luego, la reforma del 2000, se hizo acompañar de una serie de acontecimientos que impidieron que la reelección tuviera éxito en las elecciones del 2004. En el bloque de los candidatos del partido de gobierno que tuvieron éxitos, a pesar de realizar reformas, fueron Fernández (2008), con el principal partido de oposición unido y Medina (2016), con la más importante fuerza política de la oposición fragmentado.
De manera, que la experiencia y la evidencia empírica indica, que de los cinco presidentes que hicieron reformas fiscales/tributarias, tres perdieron las elecciones (Jorge, Balaguer y Mejía) o su partido corrió igual resultado y dos lograron ganar las elecciones con altos niveles de aprobación por parte de los votantes, tales son los casos de Fernández (2008) y Medina en el 2016 con la oposición dividida.
En lo referente al comportamiento de la variable inflación, muy vinculada a la reforma fiscal, sin importar su tipo, progresiva o regresiva o la economía política que la amparó, encontramos distintos resultados en materia del comportamiento de los precios al consumidor. La tasa de inflación para la reforma del 1983 fue de un 38.64 % y en el 1984 de un 30.85 %; la correspondiente a la del 1992, para el 1994 el incremento de los precios concluyeron el año, con un 14.31 %; la del 2000, poco tiempo después, la tasa de inflación del 2002 fue de un 10.51 %, seguido por otros niveles mucho mayor, aunque incidentada por nuevos factores vinculantes; las del 2004-2005 y 2012, no tuvieron impactos significativos sobre los precios al detalle, por registrar niveles anuales de un dígito.
En caso de realizarse una reforma fiscal en el 2024, encontraría en materia de precios un escenario de estabilidad, al registrarse un 3.20 % de inflación en lo que va de año (mayo) en forma anualizada; sin embargo, basado en los antecedentes, habría más razones para considerar que existe mayor posibilidad de nuevas presiones inflacionarias internas hacia el alza, de producirse la indicada reforma, con resultados no deseados para los consumidores, por los aumentos de precios en la canasta básica familiar y otros bienes y servicios que se encuentran fuera de la canasta.
De hacerse una reforma fiscal a partir de agosto de 2024, ante el hecho de que el partido oficial cuenta con mayoría en la matrícula de los senadores y diputados para aprobarla, tiene el desafío de que no derive en presión inflacionaria de carácter interno ni tampoco allane el camino a una derrota política en las elecciones presidenciales del 2028, esto, a pesar de lograr bajar en una posible reforma constitucional de la República, la métrica mínima para ganar las elecciones en la primera vuelta, haciéndola disminuir a un 45.0 % como se comenta en círculos políticos cerrados. De todas maneras, los precedentes que se han derivado de las 6 reformas fiscales/tributarias realizadas desde el 1983 hasta el 2012, muestran hallazgos interesantes en materia de precios y resultados electorales como para no despreciarlos.