Por Pedro Luis Castellanos. Los vaivenes de las economías nacionales e internacionales y de los mercados financieros, los bajos salarios y capacidad contributiva, además de la inestabilidad y precarización laboral, han hecho añicos esta esperanza en los países que adoptaron este modelo mucho antes que nosotros.
El Seguro de Pensiones, para fines de febrero 2022, tenía 2,096,697 afiliados cotizantes, 90.7% de los trabajadores del sector formal, cuyos núcleos familiares incluyen alrededor de 4,214,321. El interés y alarma, es perfectamente justificado.
De acuerdo con las explicaciones publicadas por las AFP y por la SIPEN, la rebaja en los saldos de cada cuenta de “Capitalización Individual”, se debe a las variaciones de la tasa de cambio del dólar norteamericano y del rendimiento de las inversiones. Estas explicaciones, sin embargo, parecen no haber sido suficientes para calmar las inquietudes, y convendría que fueran ampliadas.
Algunas personas se preguntan por qué disminuye el capital ahorrado por reducción del rendimiento de las inversiones que dicho capital produce. Un ciudadano argumentó: “Si tengo 1 millón de pesos en una cuenta de ahorros, y el banco varió los intereses que paga por dichos ahorros, estos crecerán más o menos, pero nunca se disminuirán”; “independientemente que el poder adquisitivo de mis pesos se fortalezca o se deteriore”. Como no soy especialista del mundo financiero, no aventuro juicios. Espero que estas dudas sean prontamente esclarecidas por quienes tienen responsabilidad y conocimientos para hacerlo.
Desde una perspectiva de política pública social, este acontecimiento que ha inquieta a la ciudadanía, muestra el tipo de riesgos inherentes al modelo de “capitalización individual”. El problema de fondo es si el derecho a una pensión digna debe limitarse según la capacidad contributiva (ahorro forzoso), vinculada al nivel de los salarios, y si debe estar expuesto a los vaivenes del mercado financiero nacional o internacional; o debe ser protegido por la sociedad y el estado.
La importancia social de un buen sistema de pensiones es de tal relevancia que la gran mayoría de los países han desarrollado diferentes modalidades para garantizar este derecho. Va mucho más allá de un gesto de beneficencia social y del comportamiento del mercado financiero. La solidaridad es la base de la cohesión y la convivencia social, parte del contrato social que sustenta la democracia y la paz social.
Ahora que se ha abierto un diálogo sobre las reformas al Sistema Dominicano de Seguridad Social y que, simultáneamente, se plantea una reforma fiscal, tenemos una valiosa oportunidad para revisar, entre todos los sectores involucrados, las opciones para un sistema que garantice el derecho a pensiones dignas, según las capacidades de nuestra economía.
Para algunos conocedores, sería necesario asumir un piso obligatorio, solidario y universal, no vinculado a los salarios o capacidad de aportes, sino al salario mínimo nacional (uno, dos o más salarios, según se defina en el contrato social), el cual debería ser garantizado por el estado para toda la ciudadanía, independientemente de su condición laboral y nivel de ingreso familiar; cuyo financiamiento incluiría las cotizaciones obligatorias de trabajadores y empleadores, más aportes del estado; cuya gestión tendría que ser necesariamente pública o mixta. Un piso de previsión y protección social, que la sociedad y el estado garantizan a todo ciudadano al alcanzar la edad establecida. Al mismo tiempo, plantean uno o dos pilares adicionales, voluntarios, de gestión pública, privada o mixta, los cuales permitirían que quienes una mayor capacidad de aportar, incrementen su futura pensión.
Más o menos es el diseño que ha sido promovido por la OIT en muchos países. En nuestro Congreso (2001) predominaron las propuestas, ahora vigentes, de estratificación según el mercado laboral y capacidad de cotización. Un modelo de “auto jubilación”, no solidario, en el cual cada persona cotizante tendría una pensión según lo que haya ahorrado y el rendimiento de dichos aportes. Quienes no tienen capacidad de aportar, por desempleo y/o por sus bajos ingresos, quedan librados a la “beneficencia” pública, mediante las llamadas “pensiones solidarias”, es decir no como derecho ciudadano.
Con este modelo, inspirado en la reforma del sistema de pensiones de Chile en la era pinochetista, adoptado por varios países, se esperaba que quienes tengan capacidad contributiva, se auto pensionaran dignamente. Los vaivenes de las economías nacionales e internacionales y de los mercados financieros, los bajos salarios y capacidad contributiva, además de la inestabilidad y precarización laboral, han hecho añicos esta esperanza en los países que adoptaron este modelo mucho antes que nosotros. La frustración ciudadana se ha traducido en conflictos sociales y demandas de cambios, en contextos de radicalización y polarización social.
Nuestro país tiene la oportunidad de identificar y acometer los cambios necesarios, en un entorno menos polarizado. Todos los sectores debemos aportar, asumiendo como eje los derechos ciudadanos consagrados en nuestra Constitución y la necesidad de desarrollar un sistema de pensiones de carácter universal y solidario, en condiciones de equidad