Pensionados por Hacienda con derecho a Seguro de Sobrevivencia

Por Luis Holguin Veras. Según la Ley 87-01, que establece que todos los pensionados, incluyendo los de Hacienda, tienen derecho al Seguro de Discapacidad y Sobrevivencia, sin tener que hacer ningún pago adicional.

Los servidores públicos mantienen su preocupación, ya que las autoridades les continúan negando el derecho a permanecer en el sistema de reparto a todos aquellos que están bajo el amparo de la Ley 379-81, tal y como lo establece la Ley 87-01, en sus artículos 35, 38 y 39.

Al parecer, el argumento con el que conculcan este derecho es el impedimento que establece el artículo 59 de la Ley 87-01, que dispone que los afiliados del sistema de reparto que pasen a una AFP, no podrán volver al sistema de reparto. Pero los servidores públicos señalan que esta restricción no se puede aplicar, ya que las autoridades saben que no se cumplió el debido proceso de afiliación al sistema de pensiones, tal y como lo han reconocido en diferentes Resoluciones el Consejo Nacional de la Seguridad Social y la Superintendencia de Pensiones, quienes afirman en los Considerandos de esas Resoluciones, que el proceso de afiliación se realizó con desinformación, desorientación e incluso, traslados automáticos.

Además de la demanda que hacen los Servidores Públicos a las autoridades de que se les reconozca el derecho a permanecer en el sistema de reparto, sin importar la edad, y que se autorice su traspaso a Hacienda, los servidores públicos también reclaman:

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