Sistema de las Naciones Unidas (6/8)

Por José Manuel Jerez. La OMS es la responsable de desempeñar una función de liderazgo en los asuntos sanitarios mundiales, configurar la agenda de las investigaciones en salud, establecer normas, articular opciones de política basadas en la evidencia.

Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI). La OACI, con sede en Montreal, fue creada con el propósito de desarrollar los principios y técnicas de la navegación aérea internacional y velar por la aplicación del Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Convenio de Chicago). La OACI trabaja para alcanzar un consenso sobre normas y métodos recomendados para la aviación civil internacional y sobre políticas que hagan posible que el sector de la aviación civil sea operacionalmente seguro, eficiente, protegido, económicamente sostenible y ambientalmente responsable.

Organización Internacional del Trabajo (OIT). La OIT, con sede en Ginebra, está consagrada a la promoción de oportunidades de trabajo decente y productivo para mujeres y hombres, en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana. Sus objetivos principales son promover los derechos laborales, fomentar oportunidades de empleo dignas, mejorar la protección social y fortalecer el diálogo al abordar temas relacionados con el trabajo. Para ello, formula políticas y programas internacionales de promoción de los derechos humanos o fundamentales, mejora de las condiciones de trabajo y de vida e incremento de las oportunidades de empleo, elaborando normas laborales internacionales, ejecuta un amplio programa de cooperación técnica internacional y lleva a cabo actividades de formación, educación e investigación. La OIT es la única agencia de carácter “tripartito” de las Naciones Unidas, ya que reúne a representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores para la elaboración conjunta de políticas y programas.

Organización Marítima Internacional (OMI). La OMI, con sede en Londres, tiene como fines fundamentales la cooperación internacional en materia de reglamentación técnica de la seguridad marítima y otras medidas tendentes a la expansión de la navegación por el mar. En particular, se ocupa de las cuestiones relativas al comercio internacional por mar, a la seguridad marítima, a las restricciones nacionales, a las prácticas desleales de las empresas de navegación, a la conservación del medio ambiente marino y a la lucha contra la contaminación del mar.

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