Uno pierde hasta el juicio con lo que ofrece la AFP

Por Luis Holguín Veras

Solicitando al CNSS que reconozca el derecho de los servidores públicos a permanecer en el sistema de reparto, sin importar su edad y que autorice su traspaso a Hacienda para que puedan solicitar la pensión del Estado que les corresponde.

En esta nueva entrega, comentamos el testimonio de un funcionario público que nos cuenta la crítica situación por la que atraviesa, tras una larga historia de servicio público de más de 37 años acumulados.

Nos dice que planificó adquirir su vivienda en lo que entendía era la última etapa de su vida laboral, contando para este proyecto con la pensión que le corresponde, al amparo de la Ley 379-81.  En su testimonio triste dice que “Con el 17% que me va a dar la AFP, ya yo tengo que ir cogiendo mi “rilí” e irme por ahí a un campo, porque lo que tenía planificado de adquirir una vivienda, que ya lo hice contando con mi pensión, voy a tener ahora que irme a otro sitio, porque con ese 17% de pensión, totalmente me voy a quedar en la calle”.

El video con el testimonio de este servidor público puedes verlo en: Uno pierde hasta el juicio con lo que ofrece la AFP.

Este servidor público está en una situación crítica porque tiene dos disposiciones legales que le favorecen y que le están siendo negadas:

  1. a) El Artículo 1 de la Ley 379-81, en su parte final dice que los servidores públicos recibirán una pensión al cumplirse más de treinta y cinco (35) años de servicios, sin tomar en cuenta la edad.”
  2. b) La Ley 379-81 establece en el literal d del Artículo 2, que “De más de treinticinco (35) de años de servicios, el beneficiario recibirá mensualmente el equivalente al ochenta por ciento (80%) del promedio del sueldo mensual en los últimos tres (3) años.”

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